LICENCIAS DE APERTURA DE LOCALES.


Proyecto de acondicionamiento de locales comerciales, para la licencia de apertura municipal.
Consta de:
planos del inmueble en el estado original
planos del inmueble en el estado reformado
memoria de proyecto:
en ella se describen los datos generales del local, su distribución y superficies, los datos de las instalaciones, el cumplimiento en materia medioambiental, el cumplimiento en materia de prevención de incendios, accesibilidad, los datos de la actividad que se va a implantar (y sus necesidades de obligado cumplimiento según la normativa vigente) y los datos de las obras a realizar para el acondicionamiento al nuevo uso
medición y presupuesto de las obras previstas
anexos

LICENCIAS DE CAMBIO DE USOS.

Expediente de legalización de acondicionamiento de local comercial para cambio de uso a vivienda.
Consta de:
planos del local en el estado original
planos de la vivienda en el estado reformado
memoria de proyecto:
en ella se describen los datos generales, la normativa urbanística aplicable, la solución adoptada (programa de necesidades y superficies), los datos de las obras a realizar, justificación del apartado del cte aplicable en cada caso.
medición y presupuesto de las obras previstas
anexos

¿QUÉ ES EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA?


El certificado de eficiencia energética es un informe que, a modo de etiqueta, nos indicará el consumo energético de un inmueble, con una calificación que va de la A ( en color verde, mayor ahorro) a la G (en color rojo, mayor gasto). Tiene una validez de diez años.

Esta calificación depende en gran medida de la eficiencia energética de los aparatos de la instalación y de las pérdidas que se produzcan a través de los elementos constructivos (fachadas, suelos, cubiertas, ventanas, etc…)

El certificado, además de la calificación, incorpora otro apartado, en el que se recomiendan varias medidas correctoras y la calificación que se obtendría en caso de llevarse éstas a cabo.

¿POR QUÉ ES NECESARIO?

Desde el 1 de Junio de 2013 se exige el certificado de eficiencia energética para toda vivienda, local o edificio que se ponga en el mercado a la venta o en alquiler.
Esta exigencia proviene de la directiva europea 2002/91/CE, que se desarrolló en España a través del RD 47/2007, en lo relativo a la eficiencia energética de edificios de nueva construcción, y que pretendía completarse con el RD ED ex, en lo relativo a edificios existentes, y que no se llevó a cabo.

Dicha directiva europea ha sido sustituida por la 2010/31/UE, cuya transposición en nuestro país se lleva a cabo con el RD 235/2013, aprobado el 5 de abril de 2013, y que deroga el RD 47/2007.
Por lo tanto, el RD 235/2013 recoge las disposiciones de la directiva europea 2010/31/UE y el RD 47/2007, refundiéndolos en una sola disposición.

Las principales metas que persigue esta directiva pueden resumirse en:

1.- Lograr una buena eficiencia energética en los edificios a lo largo de su vida útil, con el objetivo de llegar a la construcción de edificios de consumo casi nulo a partir del 31 de DIciembre de 2020 (para edificios públicos en el año 2018).

2.- Ampliar el derecho a la información del comprador de un inmueble del comportamiento de éste desde el punto de vista energético. Para ello se obligará al vendedor o arrendador a proporcionar el certificado de eficiencia energética al posible comprador, como una característica más de la construcción.

TASACIONES INMOBILIARIAS.


Nota importante: las tasaciones que tengan como finalidad la concesión de una hipoteca o crédito hipotecario no podrán realizarse de forma particular por un técnico, sino que serán gestionadas a través de una empresa de tasaciones reconocida por el Banco de España.

Las tasaciones inmobiliarias comienzan con la visita al inmueble en cuestión. En dicha visita se hace una rápida recogida de datos, que incluye:

a.- Foto exterior de la fachada y otras si fuera necesario
b.- Datos generales del edificio (portales, viviendas, piscina, ascensor...)
c.- Fotos interiores, con objeto de ver el estado y la calidad de los acabados
d.- Plano del inmueble in situ
e.- Fotos y medidas de anejos a valorar (trasteros, plazas de garaje)

El informe que se presenta al cliente consta de los siguientes puntos:

1.- Identificación del inmueble. En él se cotejan los datos registrales y catastrales con lo visitado.
2.- Finalidad de la tasación. La causa por la que se ha encargado dicha tasación (hipoteca, herencia, pericial
3.- Localidad y entorno. Se describe la localización donde se encuentra el inmueble, incluyendo los servicios, equipamientos, transportes, conservación, etc de la zona.
4.- Terreno. Se pone la superficie de la parcela, incluyendo el precio de repercusión por metro cuadrado construído.
5.- Características del edificio. Se describe brevemente el tipo de edificio (tipología, pisos, portales, zonas comunes, instalaciones...)
Se anotan las superficies construídas y útiles medidas . Se describe la distribución del inmueble y los distintos acabados en cada espacio.
6.- Situación urbanística. Se refleja la información urbanística relativa al inmueble, el plan general que le afecta y la clasificación (urbano, urbanizable, rústico, no urbanizable...) y calificación (residencial, dotacional, zona verde....) del suelo, y si cumple en nuestro caso.
7.- Documentación legal. En este apartado se describen los linderos y las superficies del inmueble visitado y se cotejan con los datos registrales.
También se comprueba si la vivienda es de promoción libre o tiene algún tipo de protección (VPO, VPT,...) Además se reflejan los datos del propietario, y, en caso de alquiler, de los usuarios, así como las rentas que se están pagando.
8.- Información de mercado. En general, el método más usado es por comparación. Este método consiste en buscar seis inmuebles testigos que sean susceptibles de comparación en cuanto a superficie y características generales, y con los que llegamos al precio medio aproximado por metro cuadrado.
9.- Cálculo de valores. Se especifica el método adoptado para realizar la valoración (coste, comparación, actualización, residual). Se dan los valores unitarios (por metro cuadrado) de repercusión y de construcción y los coeficientes de depreciación por antigüedad y estado de conservación.
10.- Valor de la tasación. Es el menor de los siguientes valores que hayamos calculado: valor de mercado, valor de comparación ajustado, valor máximo legal, valor de capitalización o valor actual.
11.- Documentación.- Se completa el informe con anexos, que son: planos de situación y emplazamiento, plano de distribución del inmueble, fotos exteriores e interiores, nota simple registral o escritura, contrato de alquiler, etc....

INSPECCIONES TÉCNICAS DE EDIFICIOS (ITE´S).


Las actas de inspección técnica que se emitan a resultas de las inspecciones deberán contener toda la información relativa a las condiciones mínimas de seguridad, salubridad, accesibilidad, ornato público y decoro descritas en el artículo 7 de la vigente Ordenanza Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, haciendo referencia necesariamente a los siguientes apartados:

1.- Estado de la estructura y cimentación.
2.- Estado de fachadas interiores, exteriores, medianeras y otros paramentos, en especial los que pudieran suponer un peligro para las personas, tales como cornisas, salientes, vuelos o elementos ornamentales, entre otros.
3.- Estado de conservación de cubiertas y azoteas.
4.- Estado de las redes generales de fontanería y saneamiento del edificio.
5.- Estado de los elementos de accesibilidad existentes en el edificio.

Además de lo anterior, todas las actas de inspección técnica deberán contener información sobre el comportamiento térmico del edificio. El contenido de esta información servirá para el establecimiento de medidas de fomento de la eficiencia energética de las edificaciones, sin que en ningún caso pueda tener efectos para el resultado, favorable o desfavorable, de la inspección.

La obligación de efectuar la Inspección Técnica de Edificios (ITE) corresponde a los propietarios de los mismos. Para facilitar su realización, el Ayuntamiento elabora un padrón de edificios sujetos a inspección, que se expone al público durante un plazo de 30 días en el último trimestre del año anterior al inicio del plazo correspondiente.

Las sucesivas inspecciones se realizarán cada diez años independientemente de la fecha de presentación de una inspección anterior o de la subsanación de sus deficiencias, en el caso de ser ésta desfavorable.

INFORMES TÉCNICOS Y DICTÁMENES JUDICIALES.


Es muy corriente la confusión entre un informe técnico y un dictamen pericial. Por lo tanto vamos a explicar cuál es su diferencia más sustancial.

INFORME TÉCNICO
Es el documento técnico donde se hace una recopilación de las situaciones y circunstancias observadas en el reconocimiento de un edificio, de una vivienda, o de un elemento en concreto, desde un punto de vista técnico pero sin emitir ninguna opinión técnica. Es un texto expositivo y argumentado con el que se exponen los datos observados.

DICTAMEN PERICIAL
El dictamen es el documento que, incluyendo el documento técnico de un informe, expresa, además, la opinión del técnico que hace el análisis.

DISEÑO PÁGINAS WEB.


Estos sitios web se han creado utilizando los lenguaje HTML, CSS, JAVASCRIPT y las librerías JQUERY, bien desde el programa de diseño Adobe Dreamweaver o bien desde el editor Sublime Text.
Se ha utilizado el lenguaje PHP para completar la creación de los formularios.
También he usado MySql y PHP para investigar la creación de páginas web de tipo dinámico, que contienen bases de datos relacionadas entre sí.

Diapositivas 1 - 4.- LESIONES DEPORTIVAS (PARTICULAR). Página destinada a la clasificación de las lesiones deportivas, desde el punto de vista deportivo y del punto de vista anatómico. Ambas clasificaciones se hallan relacionadas entre sí, con enlaces directos de las palabras claves comunes en una y otra.

Diapositivas 5 - 8.- CERTEN (PROFESIONAL). Página creada con la exigencia de cumplimiento de la directiva europea para la realización de certificados energéticos en todo inmueble que se ponga a la venta o alquiler.

Diapositivas 9 - 12.- UN ARQUITECTO MAS (PROFESIONAL). Página diseñada para mostrar el trabajo relacionado con la arquitectura, construcción y diseño que he realizado y las empresas o personas con las que he colaborado.

DISEÑO MOBILIARIO.


En construcción.

FOTOGRAFIAS DE ARQUITECTURA.


En construcción.